Informe de Evaluación de Impacto Acústico (IEIA)
La exposición a niveles elevados de ruido puede ocasionar limitaciones en la correcta comunicación oral, pérdida de la inteligibilidad de la palabra y desplazamientos permanentes de los umbrales auditivos de carácter irreversible.
Una diferenciación que puede hacerse del ruido respecto de otros contaminantes, consiste en que éste sólo se constituye como tal en tanto y cuanto está siendo emitido; una vez terminada su emisión no deja huellas en el ambiente.
Control de la Contaminación Acústica en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Su fin es prevenir, controlar y corregir la contaminación acústica que afecta tanto a la salud de las personas como al medio ambiente, protegiéndolos contra ruidos y vibraciones provenientes de fuentes fijas y móviles, así como regular las actuaciones específicas en materia de ruido y vibraciones en el ámbito de competencia de la Ciudad.
Auditorías y Estudios de Impactos Ambientales
La Agencia de Protección Ambiental, como autoridad de aplicación de la normativa vigente en contaminación acústica, desarrolló el primer mapa de ruido de la CABA. Actualmente, trabaja en un plan acústico integral que permitirá disminuir los niveles sonoros de la Ciudad.
Inscripción en el RAC
Deben inscribirse en el registro de actividades catalogadas como potencialmente contaminantes por ruidos y vibraciones (RAC) los titulares de las actividades que, por utilizar fuentes fijas de emisiones sonoras para el desarrollo de sus tareas, son consideradas como potencialmente contaminantes por ruidos y vibraciones según lo establecido en el Anexo III de la Resolución Nº177-APRA/2019 modificatoria del Anexo IX del Decreto Nº40/07.Requisitos
Requisitos
Podrán presentar un Informe de Evaluación de Impacto Acústico (IEIA) sólo aquellos profesionales que se encuentren inscriptos en el Registro de Profesionales de Impacto Acústico y que cuenten con instrumental de medición (sonómetros y calibradores) con sus certificados de calibración vigente, que cumplan las especificaciones establecidas en la Resolución Nº 305/APRA/19.
Documentación
- Informe de Evaluación de Impacto Acústico (IEIA) Acústico.
- Formularios Nº 1 y Nº 2 completos, firmados por titular y profesional acústico (Anexo IV o V). En caso que correspondiere, Formulario Nº3 (Anexo X inciso a.). Si la actividad aún no se encontrara en funcionamiento, se requerirá un análisis teórico (Anexo X inc. b.).
- Croquis o planos con descripción y referencia de los puntos de medición y fuentes potencialmente contaminantes.
- Planillas de registros originales, entregadas por el equipo de medición, con fechas y horarios de medición.
- Registro fotográfico en los puntos de medición y fuentes potencialmente contaminantes.
- Memoria técnica con descripción de las actividades desarrolladas y maquinaria empleada.
- Formulario de categorización (Anexo V, VI o VII, Ley N° 123 y normativa complementaria).
Pasos para finalizar el trámite
- Se inicia en forma online a través del Sistema Público de Solicitudes APRA (SIPSA) y mediante Encomienda Digital APRA (EDA), debiendo registrarse para obtener usuario y contraseña.
- Una vez que cuentes con el usuario, podrás ingresar y comenzar el trámite, haciendo clic en el botón de solicitud de “Trámites para el Registro de Actividades Catalogadas como potencialmente contaminantes por ruidos y vibraciones (RAC) (Ruido)”.
- Para continuar, el sistema te solicitará el Número del trámite de CAA y el Código de Seguridad del CAA.
- Una vez ingresados estos datos, deberás ingresar la información y documentación requerida.
Principales fuentes de ruido urbano
- Tránsito automotor, ferroviario y aéreo.
- Obras en construcción, públicas o privadas.
- Eventos deportivos y culturales.
- Trascendencia de ruido proveniente de locales comerciales.
- Discotecas, lugares de esparcimientos, etc.
- Actividades Industriales, talleres, etc.




